Este miércoles 1 de septiembre comienza la obligatoriedad de expresar los precios en el nuevo bolívar digital en todos los bienes y servicios expuestos al público, según ordenó el Banco Central de Venezuela (BCV).

Se trata del primer paso para la adopción de la nueva “expresión monetaria” que comenzará a regir el próximo 1 de octubre, cuando se le resten seis ceros a la escala de valor de la moneda. 

Los precios en bolívares digitales deben establecerse en los anaqueles, así como en bolívares soberanos, la actual expresión, de acuerdo con la norma de redondeo prevista por el BCV.

Salvo reglas particulares previstas en la Resolución, toda fracción resultante de la nueva escala monetaria a que se contrae el artículo 1 del Decreto No. 4.553, mediante el cual se establece la nueva expresión monetaria, cuyo tercer decimal del valor expresado en la nueva escala sea menor a cinco, conservará los dos primeros decimales del valor en la nueva expresión.