Los venezolanos son la quinta comunidad en recibir más nacionalizaciones en España Camila Rubio junio 6, 2021 MUNDO España concedió nacionalizaciones por residencia a 80.148 personas en 2020, 51% menos que en 2019. Y más de la mitad fueron para marroquíes y latinoamericanos, principalmente de Ecuador, Colombia, Bolivia y Venezuela. Nacionalizaciones en España En total, 23.522 ciudadanos procedentes de Marruecos obtuvieron la nacionalidad por este método; 5.309 de Ecuador; 4.831 de Colombia; 4.781 de Bolivia y 3.545 de Venezuela; según datos del Observatorio Permanente de la Inmigración del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones. Continúan, por orden, Cuba (3.519), República Dominicana (3.116), Pakistán (3.029), Perú (2.129), Rumanía (1.795), Brasil (1.783), Paraguay (1.636), Argentina (1.553), Honduras (1.550) y Nigeria (1.380). Así, cuatro de cada diez concesiones fueron para personas procedentes de Latinoamérica y casi tres de cada diez para ciudadanos de Marruecos. En un comunicado publicado este miércoles, el observatorio explica que la media de edad de los ciudadanos que lograron la nacionalidad es de 37 años; y que 49% de las nacionalizaciones fueron para mujeres y 51% para hombres. Además, 21% tenía menos de 25 años. Las mujeres son más numerosas entre las concesiones de nacionalidad por residencia en las edades de los 20 a los 35; y los hombres, de los 35 a los 60. Resolución de expedientes La caída de 51% en el número de concesiones se debe a un menor ritmo de resolución de expedientes; que a su vez se explica por la inexistencia de un plan de choque que sí existió en 2019 y que vuelve a estar vigente en 2021. Requisitos para nacionalizaciones Para obtener la nacionalidad española se exigen tres requisitos básicos: buena conducta cívica, suficiente grado de integración social y haber residido de forma legal y continuada por un plazo de tiempo inmediatamente anterior a la solicitud. Estos plazos varían en función del origen; un año para los nacidos en España, para los que hayan contraído matrimonio con un ciudadano español, para los hijos o nietos de españoles de origen, para viudos de español; dos años para nacionales de países latinoamericanos; cinco para quienes hayan obtenido la condición de refugiados; y diez para el resto.