La Suprema Corte de Justicia de México despenalizó este lunes el uso lúdico de la marihuana para adultos, al declarar inconstitucionales artículos de la ley de salud que lo prohibían, anunció el tribunal.

“Hoy es un día histórico para las libertades. Después de un largo camino, esta Suprema Corte consolida el derecho al libre desarrollo de la personalidad para el uso lúdico, recreativo de la marihuana”, dijo el presidente de la corte, Arturo Zaldívar, luego de que la decisión fuera aprobada por ocho de los 11 magistrados, así el pleno alcanzó mayoría calificada para aprobar el proyecto, donde la ministra Norma Lucía Piña propuso eliminar del marco jurídico los últimos párrafos de los artículos 235 y 247 de LGS.

Esta declaratoria implica que quienes quieran usar marihuana con fines recreativos pueden solicitar un permiso a la Comisión Federal para la Protección contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), y que este no se los puede negar.

Los efectos de esta determinación obligan a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), a emitir regulaciones que faciliten el uso recreativo del cannabis, sujetándola siempre a normas similares a las de otras sustancias como el alcohol. Es decir, se tendrá que impedir el consumo de mariguana en público, ante menores de edad o frente a terceros que se sientan afectados, así como prohibir la conducción de vehículos o maquinaria pesada a personas que estén bajo sus efectos, destaca La Jornada

“Lo que había pasado en anteriores ocasiones era que la COFEPRIS negaba esos permisos y se tenía que tramitar un amparo”, explicó Adriana Muro, directora de la organización de Derechos Humanos Elementa. Ahora “ya no se tiene que tramitar, automáticamente ese permiso se tiene que dar”, añadió.

En votación dividida de ocho contra tres, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) aprobó hoy la declaratoria general de inconstitucionalidad que permite el uso lúdico de la mariguana.

“Hoy es un día histórico para las libertades”, afirmó el presidente del máximo tribunal, Arturo Zaldívar, luego de que se aprobara la decisión.

Los efectos de esta determinación obligan a la Secretaría de Salud y a la Comisión Federal para la Protección Contra Riesgos Sanitarios (COFEPRIS), a emitir regulaciones que faciliten el uso recreativo del cannabis, sujetándola siempre a normas similares a las de otras sustancias como el alcohol. Es decir, se tendrá que impedir el consumo de mariguana en público, ante menores de edad o frente a terceros que se sientan afectados, así como prohibir la conducción de vehículos o maquinaria pesada a personas que estén bajo sus efectos.

“En la inteligencia de que, en lo sucesivo, y mientras el Congreso de la Unión no legisle al respecto, la Secretaría de Salud deberá remitir esas autorizaciones sólo a personas adultas y para los efectos precisados en las ejecutorias respectivas. A saber, la adquisición, siembra, cultivo, cosecha preparación, posesión y transporte de cannabis y del psicotrópicos THC, en conjunto conocido como marihuana”, apuntó la ministra ponente, Norma Lucía Piña Hernández, destaca La Jornada.

El fallo aprobado también incluyó un nuevo exhorto para que el Congreso de la Unión legisle en materia del consumo lúdico de esta hierba, con objeto de darle a esta práctica un marco jurídico adecuado, sin coartar el libre desarrollo de la personalidad.

Y es que, aclararon los ministros, la SCJN no puede definir una política de drogas, pues eso es papel del Legislativo y el Ejecutivo, lo único que está al alcance del Judicial es eliminar una norma que era contraria a la Constitución.

El fallo se produjo luego de que el pasado 30 de abril venciera el plazo que el máximo tribunal había otorgado al Congreso para que emitiera una legislación al respecto.

La sentencia se suma al uso del cannabis con fines medicinales, despenalizado desde junio de 2017.